Atención Ley de Copropiedad inmobiliaria (Ley 21.442 – 2022)
Enel pone a su disposición información relativa a requerimientos por corte de suministros por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria con la finalidad de agilizar y mejorar la atención de los clientes y administradores de condominios.
La Ley N° 21.442, sobre Copropiedad Inmobiliaria del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, regula la forma en que el Administrador del Condominio solicita a la Empresa Distribuidora el corte del suministro eléctrico por deuda de gastos comunes.
"El Reglamento de copropiedad podrá autorizar al Administrador para que, con el acuerdo del Comité de Administración, suspenda o requiera la suspensión del servicio eléctrico que se suministra a aquellas unidades cuyos propietarios se encuentren morosos en el pago de tres o más cuotas, continuas o discontinuas, de los gastos comunes"
La ley 21.442 en su artículo 36º establece que, el administrador, bajo acuerdo del comité de administración, podrá requerir la suspensión del suministro eléctrico para aquellas unidades que se encuentren morosos en el pago de tres o más cuotas, continuas o discontinuas, de los gastos comunes.
Es la primera etapa que se debe cumplir para que una comunidad pueda requerir el corte de suministro por deuda de gastos comunes. En esta etapa, el condominio debe acreditar ante Enel su calidad de tal, y que la elección y nombramiento de sus autoridades se efectuó de acuerdo con lo que establece la Ley, para lo cual debe presentar Formulario 1: Solicitud de Inscripción o Actualización de Comunidades y Administración.
Cada vez que se realice una nueva elección del comité de administración o nombramiento del administrador se debe presentar el formulario 1 y documentos que en él se mencionan.
Formulario 1 - Solicitud de Inscripción o Actualización de Comunidad
Para gestionar la Inscripción o actualización de tu comunidad, puedes iniciar tu solicitud en el siguiente link
Una vez revisada la solicitud se solicitarán los siguientes documentos.
- Copia legalizada del Reglamento de Copropiedad
- Copia legalizada del acta de asamblea ordinaria de copropietarios en donde se adoptó el nombramiento del administrador y del presidente, incluyendo la elección o ratificación de los integrantes del comité de administración de la comunidad
- Registro de firmas del administrador y miembros del comité de administración (Formulario 1 - Anexo 1)
- Copia de cédulas de todos los integrantes del Comité de Administración
- Registro de firmas y nómina de departamentos o casas de la comunidad, con sus números de cliente (Formulario 1 - Anexo 2)
El administrador del condominio deberá presentar por escrito la solicitud de corte de aquellas unidades que se encuentren morosas en tres o más cuotas continuas o discontinuas de los gastos comunes. Dicha solicitud deberá contener la información descrita en el Formulario 2.
Formulario 2 - Solicitud de Corte por Ley de Copropiedad 2024
Lugar donde realizar el trámite
- Oficinas Comerciales: Todas nuestras Oficinas Comerciales.
Nota: Se debe anexar la copia del aviso interno de corte, entregado por el administrador de la comunidad, a cada una de las unidades para las cuales se requiere el corte.
Para ingresar Solicitud de Corte puedes hacerlo en el siguiente link:
Se debe adjuntar las cartas de aviso de corte para cada uno de los clientes enviados (máximo 5 clientes por solicitud WEB). Si desea ingresar más de 5 clientes para el proceso de corte por deuda de Gastos Comunes, puede hacerlo en cualquiera de nuestras Oficinas Comerciales.
Para aquellas unidades en que se realizó el corte de suministro, o bien, se encuentra en proceso de corte, el administrador o cualquiera de los miembros del comité de administración vigente, debe solicitar la reposición de suministro completando los antecedentes solicitados en Formulario 3.
Formulario 3 - Solicitud de Reposición o Anulación de Corte por deuda en Gastos Comunes
Para aquellas comunidades que requieran distribuir el cobro de gastos comunes entre distintos medidores individuales y cobrar, juntamente con las cuentas particulares de cada vivienda, la proporción que le corresponda del total de consumo eléctrico, podrán solicitar el prorrateo a través del formulario 4.
Formulario 4 - Solicitud de prorrateo de Servicios Comunes
- Oficinas Comerciales: Todas nuestras Oficinas Comerciales.