Compensaciones Legales

Te explicamos cómo y cuándo deben compensarte las empresas de energía.

¿Cuándo deben compensarte las empresas de energía?

Nuestra misión es trabajar permanentemente para entregarte un servicio estable y de calidad. Sin embargo, si por alguna razón este falla, las empresas distribuidoras se hacen cargo a través de compensaciones económicas.

La legislación eléctrica establece que se debe compensar al cliente cada vez que, en el periodo de 12 meses móviles, el número de interrupciones de suministro eléctrico por causa interna o el tiempo acumulado de estas, supere el límite establecido, según la densidad eléctrica de la comuna del afectado y el nivel de tensión de su empalme.

El monto de esas retribuciones se calcula con el promedio de consumo multiplicado por el tiempo de interrupción que excede límite, valorizado al doble del costo de falla.

En el caso de las compensaciones que corresponda realizar por los cortes de luz causados por el inédito temporal de viento y lluvia de inicios de agosto de 2024, estas se aplicarán desde octubre de este año.

Adicionalmente -e independiente de lo anterior-, entendiendo las dificultades que vivieron algunos de los clientes por las interrupciones prolongadas de suministro producto del evento meteorológico antes descrito, Enel inició un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), con el objetivo de entregar una solución a los clientes afectados. En las próximas semanas y a medida que avance el PVC, se entregará mayor información acerca de dichas compensaciones a clientes.

Gráfico 1

Límites expresados en horas para el Tiempo de Interrupciones de Suministro Clientes Finales (TIC) exigibles desde el 2020 en adelante.

Gráfico 2

Límites para la Frecuencia de Interrupciones de Suministro Clientes Finales (FIC) exigibles desde el año 2020 en adelante.

Ejemplo: A un cliente residencial (empalme en baja tensión) de la comuna de Quinta Normal (comuna con densidad alta), le corresponde compensación cada vez que las interrupciones por causa interna acumuladas en un año móvil superen las 9 horas o las 8 interrupciones para eventos con duración de más de 3 minutos.

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